Modificación en la presentación de determinadas operaciones de reestructuración

La Agencia Estatal de Administración Tributaria facilita la presentación de la comunicación recogida en el artículo 48 del RIS para determinadas operaciones de reestructuración creando un trámite específico.

Las operaciones reguladas en el Capitulo VII del Titulo VII de la 27/2014 LIS, la entidad adquiriente de las operaciones, salvo que no sea residente, debe presentar una comunicación en el plazo de los tres meses siguientes a la fecha de inscripción de la escritura publica.

Noticia completa de la AEAT en este enlace

Visita nuestra zona de Noticias

Síguenos en Facebook ; Linkedin ; Twittwer

Los comentarios están cerrados.