VERI*FACTU retrasa su entrada en vigor hasta octubre de 2028 y se alinea con la factura electrónica

La entrada en vigor de las obligaciones previstas en el Reglamento VERI*FACTU se retrasará hasta el 6 de octubre de 2028, según la información trasladada desde el Foro de Asociaciones y Colegios Profesionales Tributarios. El nuevo calendario busca hacer coincidir la implantación del sistema de facturación electrónica con las obligaciones derivadas del Reglamento de sistemas informáticos de facturación.

Actualmente, la aplicación de VERI*FACTU estaba prevista para el 1 de enero de 2027 en el caso de las entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades y para el 1 de julio de 2027 para el resto de empresarios y profesionales.

El nuevo calendario supone, por tanto, un aplazamiento de las obligaciones pendientes de aplicación del Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, que regula los requisitos de los sistemas y programas informáticos que soportan los procesos de facturación.

VERI*FACTU y factura electrónica, con un calendario común

El objetivo de este cambio es favorecer una mayor convergencia entre la normativa de facturación electrónica y el Reglamento VERI*FACTU, tanto desde el punto de vista normativo como técnico.

La intención es que ambas obligaciones avancen de forma coordinada y que sus respectivos calendarios de implantación queden alineados. De este modo, las obligaciones derivadas del Reglamento de sistemas informáticos de facturación pasarían a aplicarse en octubre de 2028, coincidiendo con la obligatoriedad de la factura electrónica para empresarios y profesionales cuya facturación anual no supere los 8 millones de euros.

Esta modificación permitiría evitar que empresas, autónomos y profesionales tengan que afrontar en fechas diferentes distintos procesos de adaptación tecnológica relacionados con sus sistemas de facturación.

La fecha del 6 de octubre de 2028 coincide con la establecida en la Orden HAC/1028/2026 para la entrada en vigor de la facturación electrónica obligatoria en el caso de empresarios y profesionales con un volumen de operaciones inferior a 8 millones de euros.

El cambio deberá concretarse mediante una modificación legislativa

La información trasladada señala que el nuevo calendario deberá quedar recogido en la correspondiente modificación legislativa. Por el momento, se mantiene la previsión de que el aplazamiento permita coordinar ambos sistemas y avanzar hacia un marco regulatorio más homogéneo.

Una vez aprobada esta alineación de los calendarios de implantación, se plantea además una segunda fase centrada en aproximar los ámbitos de aplicación de ambas normativas y revisar determinados aspectos técnicos de la regulación vigente.

En este proceso también se tendrán en cuenta los futuros requisitos de reporte digital derivados de ViDA, dentro de la evolución de los sistemas de información y facturación.

Se mantienen las garantías de los sistemas de facturación

El aplazamiento de VERI*FACTU no supone, según la información comunicada, una eliminación de las exigencias técnicas establecidas en el Real Decreto 1007/2023.

Los sistemas informáticos de facturación deberán mantener garantías relacionadas con la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros y documentos generados.

También permanecerán, en términos sustancialmente equivalentes a los previstos actualmente, las restantes garantías técnicas contempladas en el desarrollo normativo del sistema.

Por tanto, el cambio afecta principalmente al calendario de aplicación de las obligaciones, mientras que los requisitos esenciales que deben garantizar los sistemas informáticos de facturación se mantienen.

Un nuevo plazo para empresas, autónomos y profesionales

El aplazamiento hasta octubre de 2028 amplía el periodo disponible para que empresarios y profesionales adapten sus sistemas de facturación a las nuevas exigencias.

La modificación pretende que la implantación de VERI*FACTU y de la factura electrónica avance de manera coordinada, especialmente en el caso de las pequeñas y medianas empresas y los autónomos.

Con este nuevo calendario, la adaptación tecnológica de los sistemas de facturación queda vinculada a un proceso más amplio de transformación digital de las obligaciones de facturación.

La próxima modificación legislativa será la que concrete definitivamente el nuevo calendario y los posibles ajustes técnicos y de aplicación. Hasta entonces, el cambio anunciado supone un nuevo escenario para las empresas y profesionales que estaban preparando la entrada en vigor de VERI*FACTU prevista inicialmente para 2027.

La evolución de esta modificación normativa será, por tanto, determinante para conocer el calendario definitivo y las obligaciones que deberán cumplir empresarios y profesionales durante el proceso de adaptación.

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