El Reglamento aprobado mediante el Real Decreto 1007/2023, que establece los requisitos de los nuevos Sistemas Informáticos de Facturación (SIF), conocidos como VERI*FACTU, fija un plazo claro para los desarrolladores: los sistemas deberán estar actualizados antes del 29 de julio de 2025.
No obstante, los contribuyentes tendrán un margen mayor para implantar esta tecnología. La obligación de uso se activará el 1 de enero de 2026 para quienes tributen por el Impuesto sobre Sociedades, y a partir del 1 de julio de 2026 para el resto de obligados.
La Dirección General de Tributos, a través de la consulta vinculante V0058-25, reitera que no será obligatorio emplear un SIF si las facturas se emiten manualmente, ya sea en papel o con máquina de escribir. Sin embargo, advierte que el uso de hojas de cálculo o procesadores de texto sí podría conllevar la obligación de aplicar este sistema, dado su potencial para procesar y conservar datos.
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