El Gobierno impulsa una profunda reforma laboral que redefine la jornada, el control horario y el derecho a la desconexión digital en las empresas.
El 6 de mayo de 2025, el Consejo de Ministros dio luz verde al Proyecto de Ley para la reducción de la jornada laboral ordinaria, el registro digital de jornada y la garantía del derecho a la desconexión digital. Este texto, actualmente en tramitación parlamentaria, anticipa un giro estructural en la organización del tiempo de trabajo en nuestro país, con implicaciones directas para empresas de todos los sectores.
Jornada semanal de 37,5 horas… sin recortes salariales
El núcleo de la reforma se encuentra en el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, que fija en 37,5 horas semanales la nueva jornada máxima en cómputo anual, manteniendo intacta la remuneración. Esta medida responde a objetivos estratégicos como:
- Favorecer la conciliación familiar y personal
- Fomentar entornos laborales sostenibles
- Combatir el estrés y los trastornos de salud mental ligados al exceso de trabajo
Registro horario digital obligatorio y supervisado
Uno de los pilares de la nueva ley es la transformación del registro de jornada. Se impone la obligatoriedad de un sistema digital, regulado por el nuevo artículo 34 bis del Estatuto de los Trabajadores. Este sistema deberá ser:
- Objetivo, fiable e inalterable
- Accesible de forma remota por la Inspección de Trabajo
- Conservado durante un periodo mínimo de 4 años
- Compatible con futuros desarrollos reglamentarios sobre interoperabilidad
⚠️ Si la empresa no dispone de este sistema, o si se detectan irregularidades, la jornada declarada por la persona trabajadora se presumirá como cierta. Las compañías dispondrán de seis meses desde la publicación en el BOE para adaptarse.
Desconexión digital: un derecho reforzado y sin excepciones
La reforma también blinda el derecho a la desconexión digital. Se actualizan los artículos 20 bis del Estatuto de los Trabajadores y 18 de la Ley 10/2021 de trabajo a distancia. Entre los nuevos principios:
- No se podrá exigir disponibilidad fuera del horario laboral
- Ignorar correos o mensajes fuera de jornada no será sancionable
- Las excepciones deberán estar justificadas, ser proporcionales y puntuales
Este derecho se aplica a toda la plantilla, más allá del teletrabajo, y obliga a revisar los protocolos internos de comunicación y urgencia.
Cambios en los contratos a tiempo parcial
El artículo 12 del Estatuto también se redefine. A partir de la entrada en vigor:
- Los contratos a tiempo parcial que superen las 37,5 horas semanales se convertirán automáticamente en contratos a jornada completa
- Se actualizan los coeficientes de parcialidad y se refuerza la proporcionalidad salarial
- Se pretende atajar el uso fraudulento de la contratación parcial para enmascarar jornadas completas
Sanciones más duras por incumplimientos
La nueva Ley de Infracciones y Sanciones endurece el régimen sancionador:
- El incumplimiento del registro horario o de la jornada máxima será considerado infracción grave
- Las multas podrán ascender a 10.000 euros por trabajador afectado
- Se refuerza la capacidad inspectora para verificar el cumplimiento de la nueva normativa
Empleo en el hogar: también sujeto a la reforma
Las personas empleadas en el hogar familiar también estarán protegidas por el nuevo marco:
- Se establece una jornada máxima
- Se exige registro de jornada, adaptado a las particularidades del entorno doméstico
- Se refuerzan los derechos ante posibles excesos de jornada
¿Qué debe hacer tu empresa?
| Ámbito | Cambio legal clave | Acción inmediata recomendada |
| Jornada semanal | Reducción a 37,5 horas sin pérdida salarial | Revisión de turnos y convenios colectivos |
| Registro horario | Digital, obligatorio y conservado durante 4 años | Implantar sistema homologado antes de 6 meses |
| Desconexión digital | Derecho irrenunciable para toda la plantilla | Establecer protocolos internos de comunicación laboral |
| Contratación parcial | Conversión automática si se superan las 37,5 horas | Auditoría de contratos y ajustes contractuales |
| Régimen sancionador | Hasta 10.000 € por trabajador en caso de incumplimiento | Formación y cumplimiento exhaustivo de la normativa |
Fechas clave para la entrada en vigor
- Publicación en el BOE: activa la ley al día siguiente
- Registro horario digital: obligatorio en un plazo de 6 meses
- Adaptación de convenios colectivos: antes del 31 de diciembre de 2025
- Contratos a tiempo parcial irregulares: conversión automática a jornada completa
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