El año 2026 trae importantes novedades fiscales para los autónomos, aunque no todas las modificaciones anunciadas tienen el mismo impacto. Cuotas, deducciones, módulos, facturación electrónica y cambios en la Seguridad Social configuran un escenario que conviene conocer para evitar errores y tomar decisiones con toda la información.
Una de las principales novedades fiscales para autónomos en 2026 afecta a las cotizaciones. Los tramos de rendimientos netos mantienen las mismas bases que en 2025, pero aumenta el tipo correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que pasa del 0,80 % al 0,90 %. Como consecuencia, el tipo total aplicable pasa del 31,40 % al 31,50 %.
En términos económicos, el incremento es relativamente reducido para quienes cotizan por la base mínima de su tramo. Según los cálculos publicados, la subida se sitúa aproximadamente entre 8 y 23 euros al año, dependiendo del nivel de rendimientos. Sin embargo, la situación es diferente para los autónomos societarios y familiares colaboradores.
Autónomos societarios: una subida mayor de la cuota
Los autónomos societarios tienen en 2026 un incremento más significativo. Su base mínima pasa de 1.381,20 a 1.424,40 euros mensuales, lo que eleva la cuota mensual de 433,70 a 448,69 euros. El aumento supone alrededor de 180 euros más al año.
La diferencia responde a que su cotización mínima está vinculada a la base mínima del grupo 7 del Régimen General, que se ha actualizado en 2026.
Mutualidades profesionales: nueva opción para pasar al RETA
Otra de las novedades fiscales y laborales más relevantes afecta a determinados profesionales colegiados que cotizan mediante mutualidades alternativas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
La Ley 2/2026 permite, bajo determinadas condiciones, transferir a la Seguridad Social los derechos económicos acumulados en estas mutualidades y convertirlos en periodos cotizados en el RETA. El procedimiento es voluntario, pero el cambio tiene carácter irreversible y está sujeto a requisitos específicos. Además, el plazo para solicitarlo comenzará a contar cuando entre en vigor el reglamento que desarrolle la medida.
Verifactu se retrasa hasta 2027
Una de las cuestiones que más dudas ha generado entre los autónomos es la entrada en vigor de Verifactu. Finalmente, los trabajadores autónomos no tendrán que adaptarse al sistema durante 2026.
El calendario vigente sitúa la obligación para los autónomos que tributan en IRPF por actividades económicas antes del 1 de julio de 2027. Para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, el plazo se adelanta al 1 de enero de 2027.
El aplazamiento no significa que los autónomos deban esperar hasta el último momento. 2026 puede ser un buen periodo para revisar los sistemas de facturación y preparar la adaptación a los nuevos requisitos.
Deducciones por vehículo eléctrico y eficiencia energética
Las deducciones fiscales también presentan novedades. Durante 2026 se mantiene la deducción del 15 % por la adquisición de determinados vehículos eléctricos enchufables o de pila de combustible, con una base máxima de 20.000 euros. También continúa la deducción por instalación de puntos de recarga, con una base máxima anual de 4.000 euros.
Sin embargo, existe una cuestión importante para los autónomos: si posteriormente el vehículo o el punto de recarga se afecta a una actividad económica, puede perderse el derecho a la deducción.
También se mantienen durante 2026 las deducciones por determinadas obras destinadas a mejorar la eficiencia energética de las viviendas. A ello se suma una nueva deducción para determinadas instalaciones de autoconsumo renovable realizadas durante este ejercicio.
Módulos: los límites continúan prorrogados
Los autónomos que tributan mediante estimación objetiva también encuentran cambios relevantes. Para 2026 se mantienen prorrogados los límites que permiten continuar en el régimen de módulos.
El límite general de ingresos permanece en 250.000 euros, mientras que para las operaciones que requieren obligación de facturar a empresarios o profesionales se mantiene el umbral de 125.000 euros. También continúan los límites prorrogados para determinadas actividades dentro del régimen simplificado del IVA.
Más información sobre los cobros llega a Hacienda
En 2026 también aumenta la frecuencia con la que las entidades financieras comunican determinada información a la Agencia Tributaria. Entre otras modificaciones, la información relativa a determinados cobros mediante tarjetas y sistemas asociados a teléfonos móviles pasa a comunicarse con periodicidad mensual.
El autónomo no tiene que presentar personalmente estos modelos, ya que corresponde a las entidades obligadas. No obstante, el cambio facilita que Hacienda pueda detectar con mayor rapidez posibles diferencias entre los ingresos declarados y los cobros registrados.
Un 2026 con cambios que conviene revisar
Las novedades fiscales para autónomos en 2026 no se resumen en una única subida de impuestos o de cuotas. El ejercicio incorpora modificaciones en cotización, deducciones, facturación, módulos y obligaciones de información.
Por ello, resulta especialmente importante revisar la situación particular de cada actividad y comprobar qué medidas afectan realmente a cada autónomo. Además, la normativa puede seguir modificándose durante el ejercicio, por lo que conviene consultar siempre las fuentes oficiales antes de tomar decisiones con consecuencias fiscales o económicas.