Los tramos del IRPF en 2025: lo que debes saber para tu declaración

Con el inicio de 2025, la Agencia Tributaria ha actualizado los tramos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), vigentes hasta el 31 de diciembre de este año. Esta revisión establece los porcentajes de retención aplicables a los ingresos de los trabajadores durante el ejercicio fiscal.

Los ingresos derivados del trabajo y sus correspondientes retenciones se declaran mediante el modelo 144, en función de la situación personal de cada contribuyente. Sin embargo, la declaración anual de la Renta, presentada con el modelo 100, también incluye otros tipos de ingresos como inversiones, ventas de propiedades, herencias u otras actividades económicas.

Tramos del IRPF para 2025

  • De 0 a 12.450 euros: 9,5% (estatal) + 9,5% (autonómico). Total: 19%.
  • De 12.450 a 20.200 euros: 12% (estatal) + 12% (autonómico). Total: 24%.
  • De 20.200 a 35.200 euros: 15% (estatal) + 15% (autonómico). Total: 30%.
  • De 35.200 a 60.000 euros: 18,5% (estatal) + 18,5% (autonómico). Total: 37%.
  • De 60.000 a 300.000 euros: 22,5% (estatal) + 22,5% (autonómico). Total: 45%.
  • Más de 300.000 euros: 24,5% (estatal) + 22,5% (autonómico). Total: 47%.

Novedades del IRPF en 2025

  1. Aumento del límite de ingresos para no declarar: Desde el 1 de enero de 2025, se eleva a 2.500 euros la cuantía de ingresos procedentes del segundo y sucesivos pagadores que obligan a presentar la declaración. Así, los contribuyentes con ingresos de hasta 22.000 euros no estarán obligados a declarar si la suma de las rentas adicionales no supera los 2.500 euros (anteriormente el límite era de 1.500 euros).
  2. Deducciones prorrogadas: Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2025 la deducción por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas y la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible, así como los puntos de recarga.
  3. Imputación de rentas inmobiliarias: Desde el 1 de enero de 2024, se aplicará un tipo del 1,1% para la imputación de rentas inmobiliarias en municipios con valores catastrales revisados a partir de 2012.

Estimación objetiva y regímenes especiales

Para 2025, se prorrogan de forma indefinida los límites cuantitativos para la aplicación del método de estimación objetiva del IRPF, salvo para actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que mantienen su propio límite de ingresos. Asimismo, continúa la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca en el IVA.

El plazo para renunciar o revocar la aplicación de estos métodos será del 25 de diciembre de 2024 al 31 de enero de 2025. No obstante, se aceptarán solicitudes presentadas entre el 1 y el 24 de diciembre de 2024, con posibilidad de modificación hasta el 31 de enero de 2025.

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