El Gobierno ha aprobado el Real Decreto 10/2025, que establece la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-2025), publicada el pasado 15 de enero en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Esta medida, en vigor desde el 16 de enero de 2025, supone una revisión integral de la CNAE-2009 para adaptarse a los cambios económicos, tecnológicos y sociales, así como a las normativas internacionales.
Principales Cambios y Contexto Internacional
La CNAE-2025 busca alinearse con las exigencias del Reglamento (CE) n.º 1893/2006 de la Unión Europea y la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU Rev. 5) de Naciones Unidas. Este esfuerzo asegura la armonización y comparabilidad de datos estadísticos a nivel europeo y mundial.
El nuevo esquema mantiene una estructura jerárquica que permite agrupar actividades económicas de acuerdo con su naturaleza, afectando censos, registros administrativos, empleo e impuestos, entre otros.
El Consejo General de Economistas: Propuestas No Aceptadas
Durante el periodo de audiencia pública, el Consejo General de Economistas (CGE) presentó alegaciones que no fueron incorporadas al texto final. Entre ellas:
- Actualizar el epígrafe 69.20 sobre actividades contables y asesoría fiscal por su obsolescencia.
- Separar las actividades de contabilidad y auditoría.
- Incluir un epígrafe específico para actividades concursales y de reestructuración.
- Crear un nuevo epígrafe 66.15 para asesoramiento en inversiones financieras.
Implementación Gradual: Fechas Clave
La aplicación de la CNAE-2025 se realizará de forma escalonada:
- Estadísticas oficiales: Desde el 1 de enero de 2025.
- Actualización de registros administrativos: Entre marzo y junio de 2025 para la Seguridad Social y antes del 1 de enero de 2027 para otros registros del sector público.
Los registros comunicados antes del 16 de enero de 2025 deberán actualizarse antes del 30 de junio de 2025, mientras que las nuevas incorporaciones deberán utilizar la codificación CNAE-2025 desde su registro.
Modernización y Digitalización
El Real Decreto establece un marco temporal para la interoperabilidad y modernización de las fuentes de información estadística, regulando la transición hacia la CNAE-2025 para una gestión más eficiente de datos económicos.
Obligación de Comunicación en la Seguridad Social
Los responsables del ingreso de cuotas de la Seguridad Social deberán comunicar la codificación de su actividad según la CNAE-2025 antes del 30 de junio de 2025 si ya estaban registrados antes de la entrada en vigor del decreto. Las nuevas incorporaciones deben hacerlo de inmediato.
Herramientas de Apoyo
El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha habilitado un espacio específico en su página web con recursos para facilitar la transición:
- Codificador automático para identificar epígrafes.
- Preguntas frecuentes.
- Vídeos explicativos.
- Documentación adicional.
Conclusión
El CNAE-2025 representa un paso fundamental hacia una economía más moderna y eficiente, alineada con los estándares internacionales. La colaboración entre administraciones, empresas y organismos consultivos será clave para una transición exitosa hacia este nuevo sistema de clasificación.
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