DOMICILIACION BANCARIA COMO MEDIO DE PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS

La domiciliación bancaria como medio de pago de deudas tributarias ha experimentado un constante crecimiento hasta consolidarse como uno de los medios de pago mas utilizados.

Con la finalidad de facilitar a los obligados al pago, se permite el cargo en cuenta en entidades que no ostenten la condición de colaboradora en la gestión recaudatoria estatal con la única condición de que se encuentre dentro de la Zona Única de Pagos en Euros. También hay excepciones para los aplazamientos y fraccionamientos concedidos por la Agencia Tributaria como no poder domiciliar el pago en cuentas abiertas en el Banco de España.

Los principales requisitos para beneficiarse de estas medidas son tales como ser el titular del obligado al pago, no utilizar una cuenta abierta en el Banco de España o no ser una entidad sin personalidad jurídica entre otras.

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