El mes de diciembre llega cargado de obligaciones tributarias para empresas, profesionales y entidades. La Agencia Tributaria mantiene una amplia relación de plazos para presentar autoliquidaciones, renuncias, declaraciones informativas y opciones de regímenes fiscales que cerrarán el ejercicio. A continuación, se detalla el calendario completo con todas las fechas clave que deben atenderse antes de finalizar 2025.
Hasta el 1 de diciembre
**IVA**
Los contribuyentes deberán cumplir con las siguientes obligaciones relativas al mes de octubre de 2025:
- Autoliquidación del IVA mensual mediante el modelo 303.
- Presentación del modelo 322 para grupos de entidades en modalidad individual.
- Modelo 353 para grupos de entidades en modalidad agregada.
- Modelo 380 para las operaciones consideradas asimiladas a importaciones.
- Inscripción o baja en el Registro de Devolución Mensual mediante el modelo 036.
- Solicitud de aplicación del régimen de deducción común para sectores diferenciados de cara a 2026.
- Renuncia a la llevanza electrónica de los libros registro del SII mediante el modelo 036.
**Impuestos Medioambientales**
También finaliza el plazo para:
- Presentar la contabilidad y libro de existencias del Impuesto especial sobre envases de plástico no reutilizables correspondiente a octubre de 2025.
- Modelo 583: Autoliquidación anual del Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica correspondiente al ejercicio 2024.
- Modelo 588: Autoliquidación anual por cese de actividad del Impuesto sobre el valor de la producción eléctrica correspondiente a enero–octubre de 2025.
**Operaciones vinculadas y relación con territorios calificados como paraísos fiscales**
- Presentación del modelo 232 correspondiente al ejercicio 2024 para entidades cuyo ejercicio coincide con el año natural.
- Para el resto de entidades, el plazo será el mes posterior a los diez meses posteriores al fin del ejercicio fiscal.
Hasta el 12 de diciembre
**INTRASTAT – Comercio Intracomunitario**
- Los operadores obligados deberán suministrar la información estadística correspondiente a noviembre de 2025.
Hasta el 22 de diciembre
**Renta y Sociedades**
Se deberán presentar las retenciones e ingresos a cuenta correspondientes al mes de noviembre de 2025 para grandes empresas, incluyendo rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios, ganancias patrimoniales, inversiones colectivas, arrendamientos urbanos, capital mobiliario y rentas obtenidas por no residentes sin establecimiento permanente.
Los modelos aplicables son: **111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216 y 230**.
**Pagos fraccionados**
Para el ejercicio en curso:
- Modelo 202: Régimen general.
- Modelo 222: Régimen de consolidación fiscal para grupos fiscales.
**IVA**
- Modelo 349: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
- Modelo 308: Solicitud de devolución para transportistas en régimen simplificado por adquisición de determinados medios de transporte.
**Impuesto sobre Primas de Seguros**
- Modelo 430 correspondiente a noviembre de 2025.
**Impuestos Especiales de Fabricación**
Para grandes empresas:
- Modelos 561, 562 y 563 relativos a septiembre de 2025.
- Modelos 548, 566 y 581 correspondientes a noviembre de 2025.
- Modelo 573 para autoliquidación y A24 para solicitud de devolución.
- Modelo 510 para la declaración de operaciones de destinatarios registrados y representantes fiscales.
**Impuesto sobre la Electricidad**
- Modelo 560 para noviembre de 2025.
**Impuestos Medioambientales**
- Modelo 592: Autoliquidación del Impuesto sobre envases de plástico no reutilizables correspondiente a noviembre.
- Modelo 591: Declaración informativa anual del Impuesto sobre la producción de energía eléctrica correspondiente al ejercicio 2024.
- Modelo 584: Segundo pago fraccionado del Impuesto sobre combustible nuclear y residuos radiactivos correspondiente al año 2025.
**Impuesto sobre Transacciones Financieras**
- Modelo 604 correspondiente a noviembre de 2025.
Hasta el 30 de diciembre
**IVA**
Los contribuyentes deberán presentar:
- Modelo 303 correspondiente a la autoliquidación de noviembre de 2025.
- Modelo 322 para grupos de entidades en modalidad individual.
- Modelo 353 para modalidad agregada.
- Modelo 380 relativo a operaciones asimiladas a importaciones.
Hasta el 31 de diciembre
**Renta**
- Modelo 036 para renuncia o revocación de la estimación directa simplificada y estimación objetiva para 2026 y ejercicios posteriores.
**IVA**
Plazos de especial relevancia antes del cierre fiscal:
- Modelo 369: Ventanilla única para el régimen de importación del mes de noviembre de 2025.
- Modelo 364: Solicitud de reembolso para el segundo trimestre de 2025 de cuotas soportadas por la OTAN, estados firmantes y cuarteles generales internacionales.
- Modelo 381: Solicitud de reembolso para fuerzas armadas de países de la UE.
- Modelo 036:
- Renuncia o revocación de los regímenes simplificado y de agricultura, ganadería y pesca para 2026.
- Opción por margen de beneficio global para bienes usados, arte, antigüedades y colección para 2026.
- Opción por tributación en destino para ventas a distancia a la UE para 2026 y 2027.
- Opción por el régimen especial del criterio de caja para 2026.
- Renuncia al criterio de caja para 2026, 2027 y 2028.
- Modelos 039:
- Alta en el régimen especial de grupos de entidades.
- Opción o renuncia por modalidad avanzada.
- Comunicación anual relativa al régimen especial.
**Impuestos Medioambientales**
- Presentación de contabilidad y libro de existencias del Impuesto sobre envases de plástico no reutilizables correspondiente a noviembre de 2025.
**Declaración informativa de mecanismos transfronterizos**
- Modelo 236 correspondiente al ejercicio 2024.
Diciembre se posiciona así como uno de los meses más intensos en materia fiscal, marcado por liquidaciones, solicitudes de opción o renuncia a regímenes tributarios y una larga lista de obligaciones periódicas que ponen el broche al ejercicio 2025 antes de dar paso al nuevo año fiscal.

