Declaración IVA trimestral: Así pueden aplazar el IVA las pymes y los autónomos

En el caso del IVA, las deudas inferiores a 30.000 euros se podrán aplazar de forma automática, sin presentar aval y con independencia de que se haya cobrado o no. Ello rige para las personas físicas y jurídicas. En el caso de los autónomos, se concederá el aplazamiento por un plazo de 12 meses. Y, para las pymes, el período será de seis meses.

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