El mes de septiembre llega cargado de citas clave con la Agencia Tributaria. Autónomos, empresas y grandes corporaciones deberán cumplir con diversas obligaciones fiscales que abarcan IVA, retenciones, impuestos especiales y medioambientales, entre otros. A continuación, repasamos las fechas más relevantes:
Hasta el 1 de septiembre
IVA
- Julio 2025. Autoliquidación: 303
- Julio 2025. Grupo de entidades, modelo individual: 322
- Julio 2025. Grupo de entidades, modelo agregado: 353
- Julio 2025. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
Hasta el 12 de septiembre
INTRASTAT – Estadística de Comercio Intracomunitario
- Agosto 2025. Obligados a suministrar información estadística.
Hasta el 22 de septiembre
Renta y Sociedades
Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios, determinadas ganancias patrimoniales, imputaciones de renta, rentas de capital mobiliario, alquileres de inmuebles urbanos y rentas de no residentes sin establecimiento permanente.
- Agosto 2025. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230
IVA
- Julio y agosto 2025. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
- Solicitud de devolución por régimen simplificado de transporte: 308
Impuesto sobre las Primas de Seguros
- Julio y agosto 2025: 430
Impuestos Especiales de Fabricación
- Junio 2025. Grandes empresas: 561, 562, 563
- Agosto 2025: 548, 566, 581
- Agosto 2025: Autoliquidación 573, solicitud de devolución A24
- Declaración de operaciones por destinatarios registrados y representantes fiscales: 510
Impuesto Especial sobre la Electricidad
- Agosto 2025. Grandes empresas: 560
Impuestos Medioambientales
- Agosto 2025. Envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación: 592
- Año 2025. Valor de la producción de energía eléctrica. Segundo pago fraccionado: 583
Impuesto sobre las Transacciones Financieras
- Agosto 2025: 604
Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras
- Año 2024: 780
Hasta el 30 de septiembre
IVA
- Año 2024. Solicitud de devolución del IVA soportado: 360, 361
- Agosto 2025. Autoliquidación: 303
- Agosto 2025. Grupo de entidades, modelo individual: 322
- Agosto 2025. Grupo de entidades, modelo agregado: 353
- Agosto 2025. Ventanilla única – Régimen de importación: 369
- Agosto 2025. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
- Primer trimestre 2025. Reembolso de cuotas relativas a la OTAN: 364
- Primer trimestre 2025. Reembolso de cuotas por fuerzas armadas de la UE: 381
Impuestos Medioambientales
- Julio y agosto 2025. Envases de plástico no reutilizables. Presentación de contabilidad y libro registro de existencias.
Como siempre, desde Sersa Asesores recomendamos revisar con detalle cada obligación tributaria y no dejar las gestiones para última hora. Cumplir con los plazos no solo evita sanciones, también asegura una correcta planificación fiscal.

