¿Sube el convenio? Puede que no tengas que subir los sueldos

Cuando se anuncia una subida salarial en un convenio colectivo, muchos empresarios, pymes y autónomos se preguntan:
“¿Tengo que subir todos los sueldos?”
“¿Y si ya estoy pagando por encima del convenio?”
“¿Me pueden sancionar si no lo hago?”

La respuesta es: no siempre hay que tocar las nóminas. Y el motivo está en un concepto clave: la compensación y absorción.

¿Qué ocurre cuando sube el convenio?

Los convenios colectivos fijan los salarios mínimos y las condiciones laborales por sectores o empresas. Cuando se actualizan, las empresas están obligadas a respetar los nuevos importes mínimos.
Sin embargo, si tu empresa ya paga por encima de esas cantidades, la compensación y absorción permite mantener los sueldos actuales.

Ejemplo:

  • Antes: salario base 1.200 €. Tú pagabas 1.400 €.
  • Nuevo convenio: salario base 1.300 €.
    Ya estás 100 € por encima, por tanto no estás obligado a subir el sueldo.

Cuándo sí puedes aplicar la compensación y absorción

  • Cuando el salario total supera el nuevo mínimo.
  • Cuando el contrato no prohíbe expresamente la compensación.
  • Cuando la diferencia se basa en conceptos salariales ordinarios.

Cuándo no puedes aplicarla

  • Si el salario no alcanza el nuevo mínimo.
  • Si el convenio o contrato lo prohíben.
  • Si el exceso salarial proviene de complementos no compensables (nocturnidad, peligrosidad, antigüedad, etc.).

Revisa tus nóminas

Cada vez que se actualiza un convenio, revisar las nóminas es imprescindible. No hacerlo puede generar:

  • Reclamaciones salariales.
  • Sanciones de la Inspección de Trabajo.
  • Conflictos laborales.

Conclusión

Una subida del convenio no siempre implica un aumento del gasto salarial.
Si ya pagas por encima, puedes aplicar la compensación y absorción. Pero conviene analizar cada caso con detalle.

En Sersa Asesores, revisamos tus nóminas, contratos y convenios para que cumplas la ley sin asumir costes innecesarios.

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