Obligados a presentar el modelo
Las personas y entidades que intermedien entre los cedentes y cesionarios del uso temporal de viviendas con fines turísticos, cualquiera que sea el canal a través del cual se comercialice o promocione y realizada con finalidad gratuita u onerosa, ya sean:
- “Analógicos”: cualquier persona o entidad que se dedique a este tipo de intermediación, como pueden ser los agentes inmobiliarios
- Digitales: como las plataformas colaborativas
En todo caso el intermediario, para que tenga esta obligación, tiene que ser el que haga confluir la oferta y la demanda en la cesión.
Ámbito objetivo
Cesión de viviendas con fines turísticos situadas en territorio español.
Cesión de uso: cesión temporal de toda o parte de una vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato, cualquiera que sea el canal a través del que se comercialice o promocione y realizada con finalidad gratuita u onerosa. Se excluyen:
- Los arrendamientos y subarrendamientos de la LAU, pero sí se incluyen las viviendas turísticas y el alquiler por temporada
- Los alojamientos turísticos con normativa sectorial, como hoteles, hostales o camping
- Los aprovechamientos por turnos de inmuebles
- Otros como el uso de vivienda por porteros, viviendas universitarias, viviendas militares, casas de funcionarios, etc.
Información a suministrar
De carácter obligatorio:
- Identificación del titular o titulares de la vivienda, del titular del derecho en virtud del cual se cede la vivienda, si es distinto del titular de la vivienda, y de las personas o entidades cesionarias
- Identificación del inmueble, dirección completa, con especificación de la referencia catastral en el caso de que la tuvieran asignada
- Número de días de disfrute de la vivienda con fines turísticos
- Importe percibido, en su caso, por el titular cedente del uso de la vivienda
- Fecha de inicio de la cesión
De carácter voluntario (su suministro puede evitar requerimientos aclaratorios):
- Número de contrato en virtud del cual el declarante intermedia en la cesión de uso de la vivienda
- Fecha de intermediación en la operación
- Identificación del medio de pago utilizado: transferencia, tarjeta de crédito o débito u otro medio de pago
Plazo de presentación
A partir de 2019 tendrá una periodicidad trimestral, y deberá presentarse en relación con las operaciones realizadas en cada trimestre natural, en el plazo comprendido entre el primer y el último día del mes natural posterior a la finalización del trimestre a que se refiera la declaración.
No obstante, para este ejercicio 2018, la presentación será anual, y deberá presentarse entre el 1 y el 31 de enero de 2019.
